OPOSICIONES
AYUNTAMIENTO
DE
CÓRDOBA
APROBADA CONVOCATORIA
El Ayuntamiento de Córdoba convoca 55 plazas para auxiliar administrativo
La convocatoria se corresponde con las ofertas de empleo público de 2022 y 2023
Curso online
- INORMACIÓN GENERAL
- PROCESO SELECTIVO
- EJERCICIOS ANTERIORES
- REQUISITOS
- EXAMEN
- TEMARIO
- PREPARACIÓN
- MATERIAL DE TRABAJO
- PERIODO DE PRUEBA
La Teniente Alcalde Delegada de Recursos Humanos y Salud Laboral, aprobó mediante Decreto no 2024/14650, de 7 de octubre del 2024, las Bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de 55 plazas de Auxiliar administrativo/a, mediante el sistema oposición, en turno libre, pertenecientes a la Oferta de Empleo Público de 2022 y 2023 del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, del siguiente tenor literal:
RESUELVO
PRIMERO. Aprobar las Bases de la Convocatoria para la provisión en propiedad de 55 plazas de AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A, funcionarios de carrera, mediante sistema de oposición, en turno libre, pertenecientes a las Ofertas Públicas de Empleo de 2022 y 2023 del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba.
SOLICITUDES
Las personas interesadas podrán presentar la solicitud para participar en el proceso selectivo de manera telemática, a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Córdoba, en el modelo oficial, al que se accederá, con carácter general, a través del punto de acceso general del registro electrónico para la tramitación de las inscripciones de los candidatos en los procesos selectivos, o de cualquier otro órgano del sector público.
La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará siguiendo las instrucciones que se indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
Las solicitudes deberán dirigirse al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de las plazas en el Boletín Oficial del Estado.
SISTEMA DE SELECCIÓN
– El procedimiento de selección será la oposición libre y consistirá:
Primer Ejercicio: Cuestionario de 60 preguntas con 4 respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta, elaboradas por los miembros del Tribunal Calificador y basadas en el temario contenido en el ANEXO de esta convocatoria. Con una duración máxima de 80 minutos.
Será preciso contestar correctamente, como mínimo, el 65 % de las preguntas, 36 aciertos, para obtener un 5.
El cuestionario que se elabore contará con 6 preguntas más de RESERVA que sustituirán, por su orden, a las preguntas que, en su caso, pudieran ser objeto de anulación. Únicamente se valorarán en el caso que sustituyan a alguna otra pregunta objeto de anulación. Deberán ser contestadas en el tiempo establecido para la realización de la prueba.
Este ejercicio será calificado hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados/as los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.
Este primer ejercicio será corregido sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes, excluyéndose a aquellos/as candidatos/as en cuyo ejercicio figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad de los/as mismos/as.
Segundo Ejercicio: Resolución de un Supuesto o Prueba Práctica, elegida por el/la Secretario/a, de forma aleatoria, de entre los confeccionados por el Tribunal Calificador, relacionado con las funciones a desempeñar y de acuerdo con los contenidos recogidos en el apartado B) Materias Específicas del ANEXO
La duración de este ejercicio será de 2 horas como máximo.
Este ejercicio será calificado hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados/as los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.
El Tribunal Calificador determinará el nivel mínimo exigible para obtener 5 puntos, con antelación a la realización del mismo.
La calificación de los/as aspirantes será la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, siendo excluidas aquellas puntuaciones que se dispersen de dicha media en + 2 puntos inclusive.
Este ejercicio será corregido sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes, excluyéndose a aquellos/as candidatos/as en cuyo ejercicio figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad de los/as mismos/as.
La elección por sorteo de temas o supuestos por el/la Secretario/a del Tribunal será publica e inmediatamente antes de celebrarse la prueba.
REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES
Para ser admitidos/as a la realización de las pruebas selectivas los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
2. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
3. Estar en posesión del Título de Graduado Escolar, del Graduado en ESO, Formación Profesional de primer grado o equivalente (deberá acreditarse la equivalencia). En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de Auxiliar Administrativo/a.
5. Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
6. No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones a desempeñar. A tal efecto las personas que resulten seleccionadas deberán someterse a reconocimiento médico por el Departamento de Seguridad y Salud Laboral de este Ayuntamiento, antes de su nombramiento.
7. Los aspirantes que accedan por el turno de discapacidad:
7.1.- Discapacidad General: Deberán acreditar tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
7.2.- Enfermedad Mental: Deberán acreditar, conforme a lo establecido en la OPE de 2022 Y 2023, su condición de enfermo mental con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. en la base cuarta.
8. En caso de resultar propuesto por el Tribunal Calificador, las personas con discapacidad, deberán acreditar su capacidad para desempeñar las funciones de Auxiliar Administrativo/a mediante certificación expedida por el organismo competente en esa materia.
– Los requisitos establecidos en la base segunda deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
-Quienes soliciten participar por los cupos de reserva para personas con discapacidad general o con enfermedad mental, únicamente podrán presentarse por el cupo por el que opten. La contravención de esta norma determinará la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
Las personas que participen por el cupo de reserva con enfermedad mental con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, justificativo de la enfermedad mental que padecen y que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Los aspirantes por los turnos de discapacidad podrán pedir en el modelo oficial de solicitud, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. De solicitar dicha adaptación, conforme a lo establecido en Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad, deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
La primera parte de carácter teórico consistirá en contestar por escrito un cuestionario elaborado por la comisión de selección, adecuado a las funciones propias
del cuerpo convocado, que contendrá:
- 79 preguntas tipo test,
- 75 de ellas ordinarias y
evaluables y - 4 de reserva,
todas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de
ellas la correcta.
Esta parte del ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 90 puntos.
La puntuación necesaria para superar esta parte será 36 puntos.
Cada acierto se valorará con 1,2 puntos y cada contestación errónea se penalizará
con un tercio del valor de una respuesta acertada.
La segunda parte de carácter práctico consistirá en contestar por escrito un
cuestionario elaborado por la Comisión de Selección, adecuado a las funciones propias
del cuerpo convocado y relacionado con el programa de materias aprobado, que
contendrá:
- 28 preguntas tipo test,
- 25 ordinarias y evaluables y
- 3 de reserva,
todas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta.
Esta parte del ejercicio se valorará de 0 a 30 puntos.
La puntuación necesaria para superar esta parte del ejercicio será 12 puntos.
Cada acierto se valorará con 1,2 puntos y cada contestación errónea se penalizará
con un tercio del valor de una respuesta acertada.
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